Por Diego Armando Borrego
Un juzgado de extinción de dominio en Bogotá ordenó devolver un amplio conjunto de bienes que habían sido ocupados por el Estado y que estaban relacionados con el fallecido ganadero José Guillermo ‘Ñeñe’ Hernández. La decisión incluye haciendas, empresas, vehículos y cerca de mil cabezas de ganado, cuyo valor total supera los 480 mil millones de pesos.
Según lo resuelto por el juez, la Fiscalía no logró demostrar de manera suficiente que estos bienes provinieran de actividades ilegales, razón por la cual se dispuso el levantamiento de las medidas cautelares que pesaban sobre ellos. El despacho consideró que, aunque existían sospechas y antecedentes que motivaron la investigación, no se aportaron pruebas claras y directas que permitieran mantener la extinción de dominio.
Fallas en la sustentación del caso

En el análisis judicial se señaló que el proceso presentó vacíos en la forma como se explicó el origen del patrimonio y en la relación concreta entre los bienes y posibles delitos. Para el juez, no bastaba con señalar presuntos vínculos o testimonios generales, sino que era necesario individualizar cada propiedad y demostrar cómo se habría adquirido con recursos ilícitos, algo que no quedó probado en el expediente.
También se cuestionó la solidez de algunos elementos probatorios, especialmente declaraciones que no aportaban datos precisos sobre predios, empresas o transacciones específicas.
Qué bienes serán devueltos

La decisión cobija predios rurales y urbanos, sociedades comerciales y ganado, muchos de ellos ubicados en la región Caribe y en Bogotá. Estos activos habían sido administrados de forma provisional por el Estado mientras avanzaba el proceso judicial.
Con el fallo, las autoridades deberán cancelar las anotaciones y restricciones que impedían a los propietarios ejercer control sobre los bienes, mientras la decisión no sea revocada por una instancia superior.
Un caso que sigue generando controversia
El nombre del ‘Ñeñe’ Hernández ha estado ligado a investigaciones judiciales y a polémicas de alto impacto nacional, especialmente por su cercanía con figuras políticas y por señalamientos que circularon en audios conocidos públicamente años atrás. Sin embargo, en varios frentes esos procesos no prosperaron o fueron archivados.
El juez aclaró que esta decisión no equivale a una absolución penal, sino que se limita al ámbito de la extinción de dominio, donde la carga de la prueba recae en el Estado.
Lo que viene
La Fiscalía aún puede apelar el fallo, por lo que el caso podría pasar a revisión de un tribunal. Mientras tanto, los bienes deberán ser restituidos conforme a lo ordenado, en un proceso que puede tardar varias semanas por trámites administrativos.
Este fallo vuelve a poner sobre la mesa el debate sobre la extinción de dominio en Colombia y la necesidad de que las investigaciones patrimoniales estén sustentadas con pruebas sólidas, para evitar que procesos de alto perfil terminen cayéndose en los estrados judiciales.
