La regulación de publicidad política para las elecciones de 2026 en Colombia está regida por normas del Consejo Nacional Electoral (CNE), que contempla los límites de vallas, cuñas radiales, avisos de prensa, comerciales de tv establecidos en las resoluciones de 2025, que igualmente prohíbe publicidad en lugares y bienes públicos, se exigen topes de avisos según la categoría del municipio y se establece además la responsabilidad de retirar la publicidad en máximo cinco días después de la jornada electoral, situación que muy poco se cumple.
La Constitución y la Ley 130 de 1994 facultan a los alcaldes a regular la propaganda política en sus municipios. Siguiendo esa norma, Valledupar expidió decretos específicos (por ejemplo el Decreto 1167 de 2025) para proteger el paisaje urbano y garantizar equidad electoral. Ese decreto autoriza un total de 30 vallas comerciales por partido (15 en área urbana y 15 en zona rural), un carro-valla y un aviso por sede (máximo 30% de la fachada). A la vez prohíbe la propaganda en espacios públicos sensibles: parques, colegios, instituciones de salud, bienes de interés cultural, postes, puentes peatonales, señales viales, glorietas, separadores viales, muros y similares.

En Valledupar, las vallas políticas y la ubicación de afiches en los postes hacen parte de la publicidad que más se viola por parte de los partidos. En distintos puntos del municipio, la contaminación visual está aturdiendo a los vallenatos que ven en esta situación un riesgo. ya que puede llegar a ocasionar accidentes ante la cantidad indiscriminada de vallas que distraen a conductores y peatones.
Infracciones detectadas
En la práctica, esas reglas no siempre se cumplen. Gran parte de estas vallas se ubica en avenidas y bulevares principales, muchas veces en sitios prohibidos por la norma como rotondas, cerca de colegios, plazas, etc. Estas irregularidades han generado quejas ciudadanas y advertencias de organismos de control sobre la contaminación visual.
Acción del gobierno local
La Alcaldía ha respondido reforzando la vigilancia. A comienzos de 2026 convocó mesas interinstitucionales con Procuraduría, Policía, Registraduría, entre otros actores, para atender quejas ciudadanas y verificar el cumplimiento de la regulación electoral. La administración exige autorización previa para cada pieza publicitaria y advierte que informará al Consejo Nacional Electoral sobre los excesos detectados. De hecho, el secretario de Gobierno ha declarado que “vamos a entrar a intervenir” retirando la contaminación que generan las vallas no autorizadas.
Sanciones previstas
La legislación nacional contempla multas y acciones para estos casos. El Consejo Nacional Electoral puede imponer sanciones económicas a partidos, gerentes de campaña o candidatos que excedan los límites legales de propaganda y ordenar el retiro inmediato de anuncios ilegales. A nivel local, fijar vallas sin autorización es infracción al espacio público (contaminación visual) sancionable con multas equivalentes a varios salarios mínimos diarios. Las campañas tienen máximo 10 días calendario tras la elección para retirar la propaganda. La Procuraduría General de la Nación y el CNE vigilan el cumplimiento, y la ciudadanía puede denunciar violaciones en la sede electrónica de la Procuraduría.
